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FCon fecha 29 de marzo de 2011 se publica en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía la Orden de 17 de marzo de 2011 por la que se crea la tarjeta acreditativa del grado de discapacidad y se regula el procedimiento para su concesión.
La tarjeta acreditativa del grado de discapacidad tiene como finalidad dar testimonio fehaciente del reconocimiento del grado de discapacidad de su titular y servir como documento probatorio de dicha condición, lo que permite a la persona titular de la misma acreditar de forma ágil y práctica, ante terceras personas, su grado de discapacidad y facilitarle así el acceso a determinados servicios que puedan mejorar su calidad de vida a través de un instrumento más práctico y cómodo al momento de acreditar su discapacidad.
Podrán beneficiarse de esta tarjeta las personas residentes en la Comunidad Autónoma Andaluza que tengan reconocido, mediante la correspondiente resolución,
un grado de discapacidad igual o superior al 33%.
Los derechos que otorga la acreditación del grado de discapacidad están regulados tanto a nivel nacional como autonómico, pero el acceso individual a ellos viene determinado por las circunstancias del porcentaje de discapacidad reconocido, la edad, la unidad familiar, los ingresos de la unidad de convivencia…, por lo que es necesario estudiar el caso concreto de cada persona para saber a qué servicios y prestaciones tiene derecho.